NUEVO SEGURO PARA VEHÍCULOS EN REPOSO

 

Marzo 2007

Queridos compañeros de afición:

Muchos de nosotros sentimos más los riesgos que pueden sufrir nuestros vehículos cuando los dejamos aparcados, que cuando los estamos utilizando. Es tal el cuidado que ponemos al circular con ellos que nos cuesta mucho imaginar que puede ocurrir algo; sin embargo cuando retiramos la llave del contacto -sobre todo si el coche queda en un aparcamiento público- la cosa cambia: nuestra imaginación empieza a funcionar y casí todos nos alejamos de nuestro preciado vehículo con el temor de poder encontrarnos con una sorpresa desagradable al ir a recogerlo.

Hasta ahora, no había ninguna póliza en España específicamente diseñada para atender esta necesidad. Los seguros de las cocheras habituales sólo cubren mientras el coche se encuentra aparcado allí (y no en otro sitio) y tampoco suelen incluir daños por actos vandálicos.

Pues bien, hemos diseñado una póliza para cubrir este vacio. Ciertamente, con ella no podremos impedir que un vándalo deje su "firma" en la pintura del vehículo o que un ladrón se lleve sus ruedas de radios, ni evitar el disgusto y las molestias que -en cualquier caso- estos percances ocasionan. Lo que si está en nuestra mano es evitar que sus consecuencias económicas recaigan sobre el propietario, cuando estás superan el nivel de lo anecdótico.

A continuación encontraréis una explicación bastante detallada de este nuevo producto. No obstante, os invitamos a contactarnos para resolver cualquier duda o comentario sobre este asunto.

Cordiales saludos

Sergio Romagosa

 

Preguntas más frecuentes:

¿Para qué vehículos puede contratarse este seguro?
¿Que coberturas ofrece?
¿Cuándo está operativa la cobertura?
¿Cuál es su costo?

¿Qué vehículos históricos se pueden asegurar con está póliza?
Procedimiento para solicitar presupuesto.
Procedimiento para solicitar el seguro.

 


¿Para qué vehículos puede contratarse este seguro?

Para todo vehículo con MAS DE 25 AÑOS DE ANTIGÜEDAD, que pernocte habitualmente en una plaza de garaje techada y no se encuentre afecto a una actividad económica (alquiler de vehículos especiales, compra-venta, etc).

Por tanto, a parte de los vehículos en buen estado y documentados, con esta póliza podemos asegurar también:

- Vehículos a restaurar o en proceso de restauración.

- Vehículos sin documentación al día (pues no estamos cubriendo los riesgos de circulación)

Cada vehículo estará debidamente identificado en la póliza (matrícula, bastidor, fotografías) y se le asignará un valor, en función de la cotización del modelo en los mercados de vehículos históricos y de su estado de conservación.


¿Qué coberturas ofrece esta póliza?

 

- PAQUETE BÁSICO

 

- INCENDIO, EXPLOSIÓN Y CAÍDA DEL RAYO

• Los daños materiales y directos causados a los bienes asegurados, por los riesgos garantizados que siguen a continuación:

- INCENDIO: Combustión y abrasamiento con llama capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no están destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce.

- EXPLOSIÓN: Acción súbita y violenta de la presión o de la depresión del gas o de los vapores.

- CAÍDA DEL RAYO: Descarga violenta producida por una perturbación en el campo eléctrico de la atmósfera. Quedan cubiertos por esta garantía exclusivamente los daños materiales y directos ocasionados al bien asegurado sobre el que haya caído el rayo.

- EFECTOS SECUNDARIOS: Acción de humos, vapores, polvo, carbonilla y cualquier otra consecuencia similar derivada de un siniestro de Incendio, Explosión o Caída del rayo, cubierto por la póliza.

- ACTOS DE VANDALISMO O MALINTENCIONADOS.

• Los daños materiales y directos producidos en los bienes asegurados como consecuencia de actos de vandalismo o malintencionados cometidos individual o colectivamente por personas distintas al Asegurado o de quienes legalmente deba responder.

• También quedan comprendidas las acciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y manifestaciones efectuadas conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, y las Huelgas Legales, salvo que las citadas actuaciones tuvieran el carácter de tumulto popular, sabotaje y terrorismo.

- ROBO.

• Robo total del vehículo asegurado.

• Robo parcial del vehículo asegurado: Queda cubierto hasta la suma máxima de 3.000 Euros (A PRIMER RIESGO), el robo de los accesorios y partes fijas o no fijas del vehículo asegurado.

• Desperfectos por intento de robo: Quedan cubiertos hasta la suma máxima de 1.200 Euros (A PRIMER RIESGO), los daños materiales ocasionados a los vehículos descritos en las Condiciones Particulares de la póliza, producidos por intento de Robo.

- GARANTÍA OPCIONAL

 - ROTURA DE LUNAS. 

·  Queda cubierto hasta la suma pactada en Condiciones Particulares (hasta 600 o 1200 Euros por vehículo, A PRIMER RIESGO), el importe de la reposición y colocación de las lunas y sus accesorios, causados por una rotura que las deje inservibles a consecuencia de una causa accidental, violenta e independiente de la voluntad del Tomador.

·   Quedan excluidos las roturas de faros, pilotos, intermitentes, espejos y techos solares.

- EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS

• Las pérdidas por hurto o apropiación indebida.

• Los daños ocasionados al vehículo en vía pública.

• Los daños ocasionados en un vehículo en funcionamiento.

• Los daños que sean consecuencia directa de trabajos de reparación, restauración o mantenimiento. (se estén realizando en el vehículo accidentado o en otro)

• Para la garantía de Robo, los hechos no denunciados a la Autoridad competente.

• Los vehículos que pernocten en naves en despoblado.

• La depreciación, el desgaste, la herrumbre o cualquier otra forma de corrosión.

• Los defectos existentes antes de la fecha de efecto o la reparación de estos.

• Las pérdidas o daños causados a raíz de la falta evidente de precauciones que deben tomarse después de un incendio o un robo (cuando el vehículo sea recuperado).

• Las averías o roturas que puedan sufrir los vehículos en sus mecanismos o piezas interiores, que no hayan dejado vestigios en el exterior.

• Los daños causados por la sola acción del calor, por contacto directo o indirecto con aparatos de calefacción, de acondicionamiento de aire, de alumbrado, hogares, por accidente de fumador, a no ser que tales hechos ocurran con ocasión de un incendio propiamente dicho o que éste se produzca por las causas expresadas.

• Los daños ocasionados por la explosión de materiales destinados a ser utilizados como explosivos, tenga o no conocimiento de su existencia el Asegurado.

 

-EN CASO DE SINIESTRO

Para reducir la cuantía de la prima esta póliza se ha diseñado incluyendo las siguientes franquicias:

* Franquicias: (Excepto para la garantía de lunas).

- Vehículos de hasta 10.000 € ………………… 200,00 €

- Vehículos de 10.000 € a 30.000 € …………    300,00 €

- Vehículos de 30.000 € a 60.000 € …………... 600,00 €

- Vehículos de más de 60.000 € ………………. A determinar.

* Franquicia gararantía de Lunas: 150 Euros x vehículo

 

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¿En que circunstancias se tiene cobertura?

 

Resumiendo lo dicho hasta ahora, las coberturas contratadas estarán operativas CUANDO CONCURRAN CONJUNTAMENTE LAS DOS CIRCUNSTANCIAS SIGUIENTES y ninguna de las exclusiones antes relacionadas:

QUE EL VEHÍCULO SE ENCUENTRE FUERA DE LA VIA PUBLICA, dentro del territorio nacional

La póliza dice textualmente que "Quedan cubiertos los vehículos descritos, cuando se encuentren en la situación del riesgo reflejada en las Condiciones Particulares del Contrato, fuera de la vía pública, así como en recintos cerrados o vallados, dentro del Territorio Nacional." También menciona expresamente entre las exclusiones que recibirán esa consideración "Los daños ocasionados al vehículo en vía pública".

Ahora bien, es importante tener en cuenta las siguientes precisiones::

a) No se considera "vía pública" los recintos cerrados o vallados, como los "Parques cerrados" (aunque estén ocupando un espacio en una vía pública)

b) La aseguradora está abierta a negociar separadamente y caso por caso la extensión de la cobertura fuera del territorio nacional.

2ª QUE EL VEHÍCULO NO ESTÉ EN FUNCIONAMIENTO (es decir, se encuentre estacionado y con su motor parado).

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¿Cuál es el costo de este seguro?

La prima de esta póliza se calcula en base a las siguientes tablas:

Paquete básico

Suma asegurada (x vehículo) Tasa %
Vehículos hasta 30.000 Euros 1,00%
Vehículos entre 30.001 y 60.000 Euros 1,25%
Vehículos de más de 60.000 Euros a determinar

Prima cobertura opcional de Lunas

Limite indemnización x vehículo Prima neta x vehículo
600 Euros 30 Euros
1.200 Euros 60 Euros
Vehículos de más de 60.000 Euros a determinar

Descuentos:

- Colección de 4 a 10 vehículos ……………............. 15%.

- Gran colección (más de 10 vehículos) …………… 25%.

- Alarma en el garaje conectada con central ……… 10%.

- Instalación "Detector" en el  vehículo …...............… 25%  (esta medida es obligatoria para vehículos de más de 60.000 €).

º En caso de coincidir varios descuento, el máximo a realizar será del 35%

Recargos:

- Por garaje público o semi-privado ………….....… 25%.

Impuestos

- Consorcio de Comp. de Seguros (s/capital) ... 0,265%o.

- Impuestos repercutibles (s/prima neta) …….… 8,80%.

 

Si prefiere que hagamos los cálculos por Vd., no dude en contactarnos. Le prepararemos gustosos un presupuesto personalizado, sin compromiso.

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Procedimiento para solicitar el seguro.

Bastará con que nos remitan (por correo, telefax o e-mail - ver lista de direcciones) lo siguiente:

- Formulario Petición de Seguro, debidamente cumplimentado y firmado

- Fotografías actuales de cada vehículo, mostrando con claridad todo su perímetro. En al menos una de ellas debe mostrarse su matrícula (si no tuviera, su nº de bastidor). También al menos una de las fotos debe mostrar al vehículo en su plaza de garaje habitual.

- Copias de los permisos de circulación de todos los vehículos (si alguno no tuviera, debería suplirse con una copia del título de propiedad).

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Un cordial saludo

Sergio Romagosa